8:04 | Se trata de los burgomaestres de La Victoria, San Borja y San Juan de Lurigancho. El JNE resolverá los casos en las próximas semanas
Por contravenir diversos artículos de la Ley Orgánica de Municipalidades (27972), los alcaldes de La Victoria, San Borja y San Juan de Lurigancho (SJL) enfrentan el riesgo de dejar sus sillones en las próximas semanas tras apenas un año de gestión. En el último mes, vecinos de esas jurisdicciones remitieron solicitudes de vacancia al Jurado Nacional de Elecciones (JNE), entidad encargada de resolver en última instancia las situaciones de los alcaldes Alberto Sánchez Aizcorbe (La Victoria), Alberto Tejada Noriega (San Borja) y Carlos Burgos Horna (SJL).
Sobre Sánchez Aizcorbe pesa un pedido de vacancia debido a que se le imputa el no residir en su jurisdicción municipal sino en La Molina. Pese a confirmar esto, fuentes del concejo dijeron que, aun con esta observación, el JNE aceptó su candidatura en las elecciones del 2006. "Se trata de maniobras políticas de los candidatos opositores derrotados", indicaron.
El abogado Julio César Castiglioni opinó que el domicilio múltiple no debería existir en estos casos, pese a que, de acuerdo con la Ley Orgánica de las Municipalidades, no se considera cambio de domicilio al señalamiento de más de un predio, siempre que uno de ellos se halle dentro de la circunscripción territorial (La Victoria).
Por otro lado, Tejada Noriega habría violado el inciso 4 del artículo 22 de la referida ley, que indica como causal de vacancia la "ausencia (del alcalde) de la respectiva jurisdicción municipal por más de treinta días consecutivos, sin autorización del concejo municipal". Como se recuerda, el burgomaestre fue duramente criticado por ausentarse del país por 37 días entre agosto y setiembre del 2007. El gerente de Imagen Institucional de esa municipalidad, William Argumedo, sostuvo, sin embargo, que dicha ausencia fue realizada con permiso del concejo municipal.
A Burgos Horna se le imputa el trabajar en la empresa Intermóvil S.A. (su cargo, según la Sunat, es de gerente general), que le brinda servicios a otra conocida compañía, y firmar, ya como alcalde, un convenio entre esta última y el concejo que lidera. Al cierre de la nota, y pese a los reiterados intentos, este Diario no obtuvo respuesta del burgomaestre de San Juan de Lurigancho sobre el tema.
LENTITUD EN REVOCATORIAS
Juan Falconí, secretario general del JNE, indicó que, a diferencia de los procesos revocatorios de autoridades regionales y municipales (ver infografía), la resolución del pedido de vacancia toma menos tiempo y, en su mayoría, requiere un respaldo legal para fundamentar la solicitud. "En estos casos, el 60% de las vacancias resulta favorable para quienes las pidieron", añadió.
Precisamente, el especialista en derecho municipal Marco Tulio Gutiérrez criticó la dilación del proceso revocatorio. "De acuerdo con la ley, el JNE debería realizarlos cada vez que sea aprobado (en cada jurisdicción); sin embargo, se toma la libertad de agruparlos y determinar que se hagan en simultáneo --agregó--. Debido a ello, la revocatoria no será la evaluación de la gestión del alcalde sino un mecanismo de susto para que este se ponga a trabajar e intente cambiar la visión que los vecinos de su distrito tenían de él".
Falconí sostuvo, por su parte, que la realización simultánea del proceso revocatorio en el país pasa por temas de economía y eficiencia. "En los últimos años, sin embargo, el porcentaje de solicitudes aprobadas ha aumentado considerablemente", finalizó.